Abogados ley de dependencia en Alicante
La ley de Dependencia en España se instauró en el año 2007. En ella quedó reflejada que todas las personas en situación de dependencia tienen derecho a Ayudas de la Seguridad Social. Sin embargo, muchas de estas personas no están teniendo acceso a ellas aún cumpliendo todos los requisitos. Es entonces cuando comienza el tormento de tener que pasar por interminables listas de espera, para que al final, con suerte, se apruebe una asistencia insuficiente o el impago de las prestaciones. Ante esta situación ilegal y poco ética los abogados expertos en Ley de Dependencia en Alicante nos encargamos de defender los derechos de nuestros clientes.
En Factus trabajamos para demandar las ayudas no cobradas por personas dependientes
Así como de monetizar aquellas prestaciones que no han sido dinerarias, pero deberían serlo.
Por otro lado, también nos esforzamos para que los herederos de las personas dependientes fallecidas puedan reclamar el cobro de la prestación que les corresponde. Somos abogados especialistas en ley de dependencia en Alicante que asesoramos y ayudamos a todos nuestros clientes para que puedan no solo solicitar sino también cobrar la ayuda que refleja la ley.
Cómo solicitar la prestación de personas dependientes
En primer lugar, se ha de reconocer la situación de dependencia recogida en la Ley39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas dependientes. La persona interesada en recibir estas ayudas es quien debe solicitar que se reconozca esta situación de dependencia. En el caso de que no pueda hacerlo por sí misma, entonces será su representante legal quien deberá iniciar dicho procedimiento.
Una vez reconocida la situación de dependencia hay que solicitar las ayudas pertinentes a la Comunidad Autónoma donde resida la persona interesada. Aunque estamos ante una ayuda estatal son las CCAA las que establecen los requisitos mínimos para su solicitud. Es decir, dependiendo de la Comunidad Autónoma del residente se tendrán que cumplir unos requisitos u otros. Entre la solicitud de reconocimiento de dependencia y la tramitación de la misma no debería transcurrir más del plazo legal de 6 meses.
Factus, el servicio que mereces.
Te ayudamos y asesoramos. Reclama tus derechos.
Te ofrecemos el servicio que necesitas, solucionando tus problemas con bancos, compañías de teléfono, compañías aéreas, aseguradoras..etc.
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Puedes contar con nosotros.
De igual manera, en muchos casos como persona física, es decir a nivel personal, tendrás numerosas ocasiones en los que te sientas como “David contra Goliat”, porque organizaciones u otras personas con más recursos, están en una posición más ventajosa que tú frente a un conflicto entre ambos.
Prestamos nuestros servicios de una manera cercana. Siempre accesibles a las necesidades de nuestros clientes, con énfasis en la calidad humana.
Nuestros letrados te acompañarán durante todo el procedimiento, te informaremos de las novedades y pasos que vamos dando y de las siguientes actuaciones.
Contarás con un equipo de Abogados en Alicante compuestos por profesionales especializados en cada área jurídica, comprometidos y dedicados, siempre a tu servicio. Nuestros éxitos nos avala para saber qué actuación debemos seguir en cada momento.
Nuestros valores son el eje central de la toma de decisiones y la inspiración que nos ayuda a brindar un servicio de calidad excepcional.
Nuestra misión es que nuestros clientes obtengan justicia, mediante servicios de abogacía personalizada y enfatizada en su satisfacción, con una apuesta por la calidad profesional y humana.
FACTUS
¿Qué ocurre si hay un retraso en los plazos de resolución de la Ley de Dependencia?
Los abogados expertos en la Ley de Dependencia en Alicante sabemos que lidiar con la administración puede llegar a ser desesperante. Ante un retraso en el cumplimiento de los plazos legales para la resolución de las ayudas a la dependencia hay que seguir estos pasos:
1
1Pedir cita con los Servicios Sociales Municipales para comprobar que no existen incidencias en el procedimiento.
2
Llamar al teléfono gratuito de atención a la Ley de la Dependencia 900 22 00 31 para pedir información de tu expediente.
3
Enviar un escrito al sindicato de agravios o al defensor del pueblo de la Comunidad Autónoma del residente para que se tramite una queja a la Administración.
4
Si no se obtiene respuesta en un plazo de 3 meses o no estamos de acuerdo con la resolución, interponer un recurso de alzada.
5
Como última medida al silencio administrativo se tendrá que interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales.
Para que todos estos pasos tengan el peso y la efectividad justa y legal es necesario la presencia de un abogado experto en Ley de Dependencia en Alicante. En Factus te garantizamos el 100% del éxito. Atendemos a familias de toda España para poder ayudarlas en la tramitación de las ayudas por situación de dependencia. Nuestro trabajo consiste en recoger el máximo de información, documentación y pruebas posibles para asegurarnos de que la resolución final resulte favorable. Si no has cobrado aún la ayuda para personas dependientes o no estás de acuerdo con la cuantía recibida, ponte en contacto con nosotros. Te informaremos sin compromiso.